REFORMA TRIBUTARIA 2014: RESPECTO A LOS SISTEMAS INTEGRADO Y PARCIALMENTE INTEGRADO
Jorge Garcia Bustos y Abogados Asociados
>¿LOS CONTRIBUYENTES PUEDEN ELEGIR ENTRE LOS DOS
SISTEMAS?
Sí, pero en el caso de las sociedades de personas se necesita
un acuerdo unánime de los socios. En el caso de las sociedades
anónimas se requiere de 2/3 de las acciones con derecho a
voto. Las empresas deben permanecer al menos cinco años en el
régimen que elijan.
¿QUÉ PASA CON LAS INVERSIONES EN EL EXTRANJERO?
Quienes inviertan en el exterior deberán informar al Servicio de
Impuestos Internos el monto, el destino de las inversiones y el tipo de
inversión.